16 February, 2022

La primacia del derecho europeo sobre los sistemas estatales se basa en cierta lealtad institucional

El letrado del Tribunal de Justicia de la UE, Juan Ignacio Signes, remarca que el sistema jurídico europeo es de gran fortaleza y amparado en la lealtad institucional. En el Almuerzo-Coloquio organizado por el Comité Español de la LECE, Signes abordó la situación actual de la primacía del derecho de la Unión y cómo se actúa ante incumplimientos.

El letrado del Tribunal de Justicia de la UE, Juan Ignacio Signes, remarca que el sistema jurídico europeo es de gran fortaleza y amparado en la lealtad institucional. En el Almuerzo-Coloquio organizado por el Comité Español de la LECE, Signes abordó la situación actual de la primacía del derecho de la Unión y cómo se actúa ante incumplimientos.

La Unión Europea tiene un sistema de aplicación jurídica descentralizado. El primer juez europeo es el juez estatal. Ese mismo es el interlocutor para interpretar ese derecho. A su vez, los principios de primacía y de efecto directo son las claves de ese sistema. Todo ello, bajo la batuta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Juan Ignacio Signes, letrado de dicho Tribunal e invitado en el Almuerzo-Coloquio del Comité Español de la LECE celebrado en Madrid el pasado 14 de febrero, destacó que en estos momentos el Tribunal ha activado por primera vez en la historia medidas a aquellos estados que han incumplido las normativas europeas. En distintos casos, distintos Tribunales Constitucionales u homólogos de los estados miembro han puesto en duda ese principio de primacía. Entre ellos, Alemania y Polonia, ejemplos tomados por el invitado.

Antes de concretarlo, Signes habló de los conceptos de primacía y de efecto directo. El principio de primacía, definido por el TJUE, limita el margen de maniobra a los estados miembro impidiendo que prevalezca un derecho opuesto al de las instituciones europeas. Se intentó institucionalizar integrándolo en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, pero la oposición por referéndum de Francia y Países Bajos evitó que entrase en vigor.

Por otro lado, el principio de efecto directo permite a los particulares invocar el Derecho europeo directamente ante los tribunales, independientemente de que existan textos en el Derecho estatal.

 

Primacía y medidas

En estos momentos, desde la UE se han activado medidas para estados que se desvían de esos principios, sobretodo el de primacía. Juan Ignacio Signes habló de Alemania y Polonia, que han actuado al considerar que la UE se adentra en materias que no le corresponden.

En el caso Alemán, su Tribunal Constitucional, en la ratificación de los Tratados de Maastricht y de Lisboa, no acepta la incondicionalidad de la primacía europea al no existir, dice, una democracia real de la propia UE.

Mas adelante, durante la pandemia por COVID, el mismo Tribunal Constitucional alemán obligaba a revisar el programa de compra de deuda pública del Banco Central Europeo, avalado por la justicia europea, para activar la recuperación económica. Volvía a considerar que excedía las competencias de la UE. Otra vez cuestionaba el principio de primacía.

La UE ha activado medidas mantener la primacía del derecho europeo

Aquí la Comisión Europea actuó. Abrió el procedimiento precontencioso por dicha sentencia, por si Alemania había infringido las normas de la UE. Recientemente la Comisión ha cerrado ese expediente, porque Alemania se ha comprometido a decretar formalmente la asunción del principio de primacía y de autonomía de derecho de la UE, además de reconocer la autoridad del TJUE, y a adoptar todas las medidas necesarias para evitar supuestos similares.

El caso de Polonia, dijo Signes, es distinto. Se trata más de una puesta en duda de medidas para la reforma del sistema judicial impulsado por el gobierno de Polonia y apoyado por su Tribunal Constitucional. Dichas normas chocan con los valores fundamentales del Tratado de la UE. Ante ello, han aflorado ámbitos no activados nunca aún por el TJUE. Así, se han abierto medidas cautelares a Polonia que por primera vez suspenden la normativa nacional. También se han establecido multas si Polonia no respeta las medidas cautelares del TJUE.

Además, hay otro mecanismo que se está enjuiciando en el TJUE, el de la condicionalidad. Permite controlar el presupuesto, o evita que los fondos europeos se asignen a los estados europeos que no respeten los mecanismos del derecho europeo.

La fortaleza que muestra el Tribunal de Justicia de la UE, y los principios de primacía y del efecto directo, dependen de esa lealtad institucional de los estados que decíamos al principio. Juan Ignacio Signes recordó que, sobretodo, todo ello está dentro de un discurso constitucional en un sistema federado. La UE está respondiendo de la forma adecuada con sus mecanismos.

El ponente fue presentado por el ex-juez del Tribunal General de la UE y miembro de la Junta Directiva del Comité Español de la LECE, Rafael García Valdecasas, quien también moderó el debate. El acto fue presentado y cerrado por el presidente del Comité Español de la LECE, Francesc Homs i Ferret.

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